Pago por el FOGASA de la indemnización de 8 días

Pago por el FOGASA de la indemnización de 8 días
¿Qué es FOGASA?
Es un organismo que depende del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales que garantiza a los trabajadores la percepción de salarios, indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral, pendientes de pago por insolvencia o concurso de acreedores del empresario.
La disp. trans. 3ª Ley 35/2010, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado de Trabajo, dispone que en los contratos de carácter indefinido, sean ordinarios o de fomento de la contratación indefinida, celebrados a partir del 18 de junio de 2010, cuando el contrato se extinga por las causas previstas en los arts. 51 y 52 Estatuto de los Trabajadores o en el art. 64 Ley 22/2003, de 9 julio, Concursal una parte de la indemnización que corresponda al trabajador será objeto de resarcimiento al empresario por el Fondo de Garantía Salarial en una cantidad equivalente a ocho días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores al año.
Se plantea la duda de si la obligación del Fondo de Garantía Salarial de asumir el pago de una parte de la indemnización, surge sólo cuando la extinción del contrato es procedente, es decir, cuando concurre la causa económica, técnica, organizativa o de producción invocada por el empresario para despedir al trabajador, o abarca también los supuestos de improcedencia del despido objetivo.
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